Diccionario Legal, términos de la A a la Z
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N
En el alfabeto español, es la 13 de sus consonantes y la 16 de sus letras. En la numeración
romana existen dudas sobre si su valor fue de 90 ó 900; y con raya encima, de 90.000 ó 900.000. En la
cronología romana señala nonas, el 7 de los meses de marzo, mayo, julio y octubre; y el 5 de los otros ocho.
Es abreviatura universal de Norte, por ser su inicial en los idiomas más hablados del mundo. En las votaciones
romanas, N. L. (non liquet) expresaba la duda o indecisión: ni la afirmativa ni la negativa, ni la absolución ni
la condena.
NABORIA
En los primeros tiempos de la dominación española en tierras de América, repartimiento
que se hacía en Cuba y otros territorios, adjudicando cierto número de indios en calidad de criados, para el
servicio personal de las clases principales. (v. Mita.)
NACIMIENTO
Acción o efecto de nacer. Comienzo de la vida humana, contado desde el parto.
Procedencia de una persona, en orden a su familia y condición social. Sitio en que brota un manantial, una
fuente, un río. Principio, origen. DE LAS PERSONAS JURIDICAS. La existencia de las corporaciones,
asociaciones, establecimientos, etc., comienza, con el carácter de personas jurídicas, desde el día en que sean
autorizadas por la ley o por el gobierno, con aprobación de sus estatutos, y la confirmación de los prelados en
la parte religiosa de las que corresponda. SIMULTANEO. La expresión, no enteramente correcta, se refiere a
los partos múltiples; donde en realidad no hay ni es fácil que pueda haber nacimiento efectivamente
simultáneo, sino sucesivo, con una separación de instantes o minutos, y lo más de horas, o de un día si
acaso.
NACIONAL
Relativo a la nación; como su himno patriótico. Natural de la nación, como oposición a
extranjero, y dotado en consecuencia de la plenitud de derechos políticos, civiles y sociales que la
Constitución y las leyes de cada país otorguen. Individuo de la milicia nacional. En algunos Estados de
América, en que la moneda se denomina "peso", nacional es el de cada país para él.
NACIONALIDAD
Vínculo jurídico y político existente entre un Estado y los miembros del mismo.
Indole peculiar de un pueblo. Carácter de los individuos que constituyen una nación. Estado civil de la
persona nacida o naturalizada en un país, o perteneciente a ella por lazos de sangre paterna o materna.
NACIONALISMO
Afecto de los naturales de una nación por cuanto a ella concierne en el pasado, en
el presente y en el porvenir. Exaltación violenta de todo lo nacional. Doctruna de las reivindicaciones políticas
de las naciones oprimidas. Aspiración nacional del pueblo sometido a otro, como colonia, protectorado u otra
equívoca denominación internacional. Tendencia separatista de alguna provincia, región o territorio de un
Estado. Partido que considera mala toda posición y actitud que no se funde en la tradición nacional.
NACIONALIZACION
Otorgamiento de la cualidad de nacional a un extranjero; o sea, lo mismo que
naturalización (v.). Concesión de los derechos y privilegios nacionales a un súbdito de otro país. Introducción
o adopción en una nación de instituciones o cosas de otra. Declarar de propiedad de la nación. Organizar la
prestación de un servicio directamente por el poder público del Estado o a través de la concesión
administrativa que del mismo haga a un particular. Disponer que determinadas actividades no puedan ser
ejercidas sino por nacionales, o que sólo ellos pueden poseer determinados bienes.
NACIONES UNIDAS
El conjunto de ellas que integra la organización internacional, o asociación de
pueblos y gobiernos, soberanos, que trata de estructurar la paz y de evitar la guerra.
ÑAPA
En Cuba, pequeña dádiva que, además de la mercadería, entrega el vendedor por menor al
comprador, por haberle preferido entre los demás, y para convertirlo en cliente habitual. En Colombia y
Venezuela, aldehala, añadidura. También, propina.
ÑATA
Americanismo figurado para referirse a la muerte, por el sentido recto de la voz relativo a la
persona de nariz chata.
NATALIDAD
Proporción de nacimientos en territorio y época determinados. Su relación con la
mortalidad (v.) establece el crecimiento de la población, y constituye índice de la vitalidad y de las costumbres
de un pueblo.
NATURAL
Concerniente a la naturaleza en general, o a la de cada ser y cosa en particular. Nativo u
originario. Verdadero. Espontáneo. Regular, normal, habitual. Con causa física o humana; contrapuesto a lo
sobrenatural, sea divino, mágico o desconocido en su origen. Ingenuo, sincero, leal. En época feudal, se decía
del señor de vasallos y del que, aun no siendo de la tierra, tenía derecho, por su linaje, al señorío.
NATURALIZACION
Medio, de carácter civil y político, por el cual los extranjeros adquieren los
privilegios y derechos que pertenecen a los naturales del país. Por lo general, la naturalización exige expresa
renuncia a la nacionalidad de origen o anterior.
NAUFRAGIO
Hundimiento o pérdida de una embarcación, ya acontezca de propósito o casualmente;
y ya se deba a la propia nave, a hecho de los navegantes o de extraños, o a contratiempos de la navegación.
Por extensión, rotura o inutilización que impide definitivamente, o por tiempo más o menos indefinido y
prolongado, que el buque vuelva a navegar. Toda pérdida considerable. Ruina, desastre, catástrofe. Final
desgraciado o trágico.
NAVEGACION
Ciencia o arte de navegar; náutica. Viaje que se realiza con una nave. Duración de
una travesía. Traslación de un punto a otro utilizando una embarcación; o movimiento de la misma sobre las
aguas o bajo la superficie de ellas, con retorno al punto de partida.
NAVICERT
Palabra inglesa que designa el documento expedido por un beligerante, y en el cual
consta que, para él, las mercaderías transportadas en tal barco no constituyen contrabando de guerra.
NAVIERO
Relativo a la navegación y a las naves; como las compañías navieras. Propietario de un
navío; dueño de cualquiera embarcación capaz de navegar en alta mar. Quien avitualla un buque mercante,
ya sea su dueño o el gerente o gestor de la empresa marítima. Si el naviero corre con los gastos y riesgos de
la expedición, es al mismo tiempo armador.
NECESIDAD
Causación inevitable; impulso irresistible de una causa que obra infaliblemente en
cierto sentido, que produce un efecto seguro. Cuanto resulta imposible de impedir, evitar, resistir.
Determinismo. Fatalidad. Falta de lo principal para la existencia. Pobreza, penuria, miseria. Escasez, falta de
algo. Grave riesgo que requiere pronto y eficaz auxilio. EXTREMA. Caso en que la vida peligra gravemente, al
punto de que sólo el auxilio oportuno puede salvarla. Estado o situación en que la amenaza de un mal igual o
mayor obliga a justificar los daños causados. RACIONAL DEL MEDIO DEFENSIVO. Como causa de justificación
de la conducta, en apariencia delictiva, en la legítima defensa se requiere, tras la ilegítima agresión ajena, "la
necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla".
NEFASTO
Desgraciado, funesto, adverso. Entre los romanos se calificaba así el día en que los
tribunales estaban cerrados y en los cuales tampoco se permitía tratar de negocios públicos; por ser de
presunta mala suerte, de acuerdo con las supersticiones de la época y del pueblo.
NEGATIVA
Negación. Denegación. Repulsa. Rechazamiento. Proposición que niega algo.
Declaración de que es falsa una manifestación ajena.
NEGATIVO
Dicho o hecho que implica o expresa negación. Contradictorio. Desfavorable; adverso.
Contrario. Destructor, corrosivo. Rebelde. Amoral o inmoral. Que nada aporta; o que resta en una empresa.
Reo que no confiesa el delito del cual se le acusa. Testigo que niega el hecho por que se le pregunta.
NEGLIGENCIA
Omisión de la diligencia o cuidado que debe ponerse en los negocios, en las
relaciones con las personas y en el manejo o custodia de las cosas. Dejadez. Abandono. Desidia. Falta de
aplicación. Falta de atención. Olvido de órdenes o precauciones.
NEGLIGENTE
El que incurre en negligencia (v.). El responsable de la misma. Descuidado, omiso.
Despreocupado. Quien no presta la atención debida. Desidioso, abandonado, flojo, indolente. Imprudente;
que no toma las precauciones del caso. (v. Culpable, Diligente.)
NEGOCIABLE
Que se puede negociar o transmitir como objeto de comercio. Endosable.
Transmisible al portador. Susceptible de operación en bolsa.
NEGOCIACION
Acción o efecto de negociar. Trato mercantil o lucrativo. Comercio. Transmisión o
traspaso. Cesión. Endoso. Descuento de valores. Compra o venta de efectos, títulos o valores en bolsa o
mercado. Gestión diplomática de cierta importancia o laboriosa; ya sea de tratado de paz, de alianza o de
comercio; de alguna dificultad propia o de asunto en el cual se intervenga por iniciativa propia o ante
requerimiento de otra potencia. Trámite de canje de prisioneros.
NEGOCIADO
En la organización administrativa, cada uno de los departamentos, oficina o conjunto
de ellas que tiene a su cargo un servicio determinado, o una rama del mismo, a fin de su mejor despacho y
mayor conocimiento de la materia. Negocio. En América del Sur, negociación prohibida a un funcionario
público; escándalo administrativo.
NEGOCIADOR
Quien negocia, comercia o gestiona. Ministro o agente diplomático que promueve o
conduce un asunto importante; como un tratado o la resolución de un conflicto internacional.
NEGOCIAR
Comerciar, tratar. Comprar. vender o cambiar mercaderías o valores para lucrarse.
Ceder, endosar o transmitir una letra de cambio, un cheque u otro documento de crédito mercantil. Descontar
valores al cobro. Ocuparse de resolver asuntos públicos o privados. Ventilar o gestionar diplomáticamente, de
potencia a potencia, un asunto de interés recíproco o para la causa de un tercero, que requiere negociación, y
por el cual se procura algo. Corromper, sobornar.
NEGOCIO
Ocupación, actividad, tarea, empleo, trabajo. Cuanto forma el objeto o finalidad de una
gestión lucrativa o interesada. Negociación, como acción o efecto de negociar, comerciar o gestionar.
Pretensión. Tratado, agencia. Utilidad, beneficio o lucro de un trato o comercio. Provecho indebido o lícito en
asunto que está encomendado. Cuantioso rendimiento de una explotación, industria o labor. En la Argentina,
tienda, local o establecimiento de comercio. JURIDICO. Todo acto o actividad que presenta algún interés,
utilidad o importancia para el Derecho y es regulado por sus normas. En realidad, la expresión es una
innovación, de importación, germánica tal vez, para sustituir al nombre más clásico *o "anticuado" para los
innovadores* de acto jurídico, preferido en Francia.
NEGOTIUM
Voz lat. Negocio, asunto; acto o negocio jurídico. Más estrictamente, toda operación
jurídica onerosa y lícita.
NEOCONTRACTUALISMO
Con inspiración más o menos cercana en la idea rusoniana del contrato
social (v.), y con propósito de rectificar ciertos aspectos o superar otros, el neocontractualismo agrupa
diversas posiciones técnicojurídicas y técnicosociales, como la de Spencer acerca de la cooperación
contractual, en su exégesis de la elaboración del Derecho y de la construcción del Estado; como el
organicismo contractual de Fouillé; o la intermedia actitud de Bourgeois, resumida en un cuasicontrato.
NEPOTISMO
Corruptela política caracterizada por el favoritismo familiar; por la dispensa de
honores, dignidades, cargos y prebendas a los parientes y amigos.
NEUROSIS
Enfermedad o trastorno nervioso sin lesión orgánica, al menos aparente. Desarreglo o
anormalidad funcional del sistema nervioso. Enfermedad psicogénica sin reflejo lesivo anatómico.
NEUTRAL
Imparcial. Indiferente; por no ser de uno ni otro de los contendientes o discrepantes.
Estado o nación que, ante una guerra entre otras potencias o pueblos, no toma parte en la misma y, además
de abstenerse de los actos de beligerancia, adopta las obligaciones y derechos internacionales que
corresponden a su neutralidad (v.).
NEUTRALIDAD
Imparcialidad de una persona ante un conflicto armado. Actitud pacífica de una
nación ante la beligerancia de dos o más.
NEUTRALIZACION
Acción o efecto de neutralizar o neutralizarse. Apartamiento voluntario u
obligatorio de las hostilidades presentes o futuras.
NEXO
Vínculo, unión, nudo, relación o lazo inmaterial entre personas, pueblos o cosas. SOCIAL.
Unión, enlace o conexión que la unidad de origen, la comunidad de religión, raza o lengua, la dependencia
profesional o la identidad de tareas crea entre individuos, familias o grupos. (v. Nexo mutuo.)
NEXUM
Voz lat. Nexo, vínculo. Dentro del tecnicismo del Derecho Romano, este vocablo, uno de los
más antiguos, posee naturaleza no bien determinada; aun cuando se tienda a ver en él un negocio jurídico
que establecía una sólida posición para el acreedor y una pesada obligación para el deudor.
NIETO
El descendiente de segundo grado en la línea recta; el hijo del hijo o de la hija, en relación
con el abuelo (v.). Por extensión, cualquier descendiente de grado ulterior.
NIHIL NOVUM SUB SOLE
Aforismo que cita en latín las palabras de Salomón: "Nada nuevo bajo el
sol" (Eclesiastés, I,10).
NIHIL OBSTAT
Loc. lat. Nada obsta. Es fórmula consagrada por las autoridades eclesiásticas para
significar que no existe obstáculo o inconveniente canónico en la publicación de un libro u otro escrito, por no
encontrar nada atentatorio contra los dogmas de la Iglesia ni nocivo para la moral y la religión en general.
NIHILISMO
Del latín nihil, nada, el novelista Turguenef, en su obra Padres e hijos, publicada en
1862, calificó de esta forma totalmente negativa y destructora a una teoría y acción revolucionaria muy
poderosa por aquel entonces en Rusia, y que subsistió hasta la caída del zarismo, en que los comunistas,
celosos de su competencia o enemistad, aplicaron a los nihilistas los métodos por ellos recomendados o
puestos en práctica.
NIHILISTA
Relativo al nihilismo. Partidario de este sistema de negación total y de terror
despiadado.
NIÑEZ
Edad o período de la vida humana que comprende desde el nacimiento hasta los siete años,
época en que comienza el uso de razón. Niñería o proceder infantil. Primeros tiempos de algo. (v. Edad,
Infancia.)
NIVEL
Instrumento para determinar la igualdad o diferencia de alturas. Altitud alcanzada por un
líquido u otra cosa. Igualdad; equivalencia. DE VIDA. Grado de bienestar material alcanzado por una persona
o grupo en relación con sus ingresos y la capacidad adquisitiva de la moneda. PROFESIONAL. Capacidad o
aptitud que determina la jerarquía en los oficios y otras tareas. Se habla así de la mayor o menor
especialización y experiencia, factor decisivo en la remuneración del trabajo y en la solicitud de los servicios
profesionales. En las labores manuales y en las técnicas, esta escala de progresiva perfección o complejidad
se extiende desde el simple ayudante hasta la maestría.
NO HA LUGAR
Expresiva fórmula judicial para rechazar una petición o queja presentada por una de
las partes.
NOBLE
Preclaro, generoso. Leal. Principal, excelente. De ilustre familia. De la aristocracia con título
regio o pontificio. Honroso, estimable.
NOCHE
En sentido natural, tiempo en que falta la claridad de la luz solar, desde poco después del
ocaso hasta algo antes de la salida del astro. Legalmente, desde que se pone hasta que sale el Sol.
NOLI ME TANGERE
Loc. lat. y esp. Nadie me toque. También, nadie se meta conmigo. Caso o cosa
fuera de toda duda o discusión. Persona o asunto sobre el cual está prohibido opinar o juzgar
NOMADISMO
Inquietud territorial, falta de arraigo domiciliario que integra un movimiento habitual o
tradicional de pueblos, núcleos sociales o determinados oficios, en consonancia con las necesidades de
subsistencia.
NOMBRE
Palabra o vocablo que se apropia o se da a una persona o cosa, a fin de diferenciarla y
distinguirla de las demás. Fama, nombradía, celebridad, reputación, crédito. Poder o autoridad en virtud de
los cuales se obra. Apodo, alias. COLECTIVO. El que designa a los socios de una compañía colectiva y a los no
comanditarios de las sociedades en comandita. COMERCIAL. El que sirve para diferenciar al comerciante en
su tráfico. El que distinge a una casa o empresa de comercio, o un establecimiento agrícola o fabril. PROPIO.
El que designa específicamente a una persona; como el nombre de pila entre los diferentes individuos de una
familia. PROPIO (EN). También a nombre propio. Se expresa que el interesado en un negocio jurídico es el
mismo que obra; es decir, que no es su representante, apoderado o mandatario; sino que actúa o contrata
por sí y para sí. SUPUESTO. El simulado, el que no constituye el verdadero de una persona, sea o no el de
otra.
NOMINADO
Se dice del contrato que posee nombre determinado en la ley; como el de
compraventa, sociedad, depósito, mandato, etc.
NON BIS IN IDEM
Loc. lat. No dos veces por la misma causa. En materia penal, significa que no
cabe castigar dos veces por el mismo delito; ya sea aplicando dos penas por un mismo hecho o acusando por
segunda vez por un delito ya sancionado.
NONATO
El no nacido naturalmente; el extraído del claustro materno mediante la operación
cesárea. El sacado del seno materno en los instantes inmediatos a la muerte de su madre. Lo inexistente, por
no haber acaecido.
NORMA
Regla de conducta. Precepto. Ley. Criterio o patrón. Práctica. JURIDICA. Regla de conducta
cuyo fin es el cumplimiento de un precepto legal. Para Gierke, "la norma jurídica es aquella regla que, según
la convicción declarada de una comunidad, debe determinar exteriormente, y de modo incondicionado, la libre
voluntad humana
NOTA BENE
Loc. lat. y esp. Nota u observa bien. En escritos e impresos se emplea para llamar la
atención acerca de algún punto.
NOTA MARGINAL
En los Registros públicos, especialmente en el civil y en el de la propiedad, cada
uno de los asientos secundarios, puestos al lado o al margen de los principales, que contienen indicaciones o
circunstancias referentes a la inscripción principal o al instrumento matriz; ya una simple correlación, ya algún
cambio en el derecho o en la situación, correcciones, y su cancelación incluso.
NOTARIADO
Autorizado por notario. Abonado con fe notarial. Carrera, profesión y ejercicio de
notario. Cuerpo o colectividad que los notarios de un colegio o de una nación constituyen. Conjunto de
personas que ejercen la función notarial; el dar fe, conforme a la ley, de los contratos y actos extrajudiciales.
NOTARIO
"Funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y
demás actos extrajudiciales" (art. 1 de la Ley esp. del Notariado).
NOTICIA
Noción; conocimiento embrionario. Comunicación de cualquier suceso o novedad.
Información periodística de actualidad; por lo común, acerca de lo acaecido en el día o en el anterior.
NOTIFICACION
Acto de dar a conocer a los interesados la resolución recaída en un trámite o en un
asunto judicial. Documento en que consta tal comunicación, y donde deben figurar las firmas de las partes o
de sus representantes. Comunicación de lo resuelto por una autoridad de cualquiera índole. Noticia de una
actitud o requerimiento particular que se transmite notarialmente. POR EDICTOS. La comunicación judicial
que, por dirigirse a personas en rebeldía, ausentes, en ignorado paradero o por desconocimiento de quiénes
puedan ser los interesados (cual en los abintestatos), se verifica mediante el sistema de información tan
aleatorio que integran los edictos (v.). POR NOTA. Medio de comunicación a las partes basado en una
obligación general impuesta a las mismas y en una presunción de que su interés, o el de sus representantes,
las habrá llevado a enterarse de las resoluciones recaídas en la causa que les atañe, y que se encuentra de
manifiesto en la secretaría del respectivo juzgado o tribunal durante los días para ello señalados.
NOTIFICAR
Comunicar la resolución de una autoridad, con las formalidades y a las personas que
corresponda. Enterar; hacer saber extrajudicialmente una determinación o hecho. Realizar una notificación
judicial o notarial.
NOTO
Notificado, publicado. Sabido. Notorio. En estas acepciones, la voz procede del verbo latino,
noscere, conocer. De raíz griega es el significado de hijo bastardo o ilegítimo; y, más singularmente, de
los hijos adulterinos; "y son llamados notos, porque semeja que son hijos conocidos del marido que los tiene
en su casa, y no lo son" (Part. IV, tít. XV, ley 1ª). (v. Hijo adulterino.)
NOTORIO
Público y de todos sabido. Los hechos notorios relevan de prueba; aun cuando la
dificultad resida en qué ha de entenderse por ello.
NOVACION
Modo de extinguirse las obligaciones por transformarse, ya variando la deuda,
cambiando el acreedor o por reemplazo del deudor.
NOVELAS
Se da el nombre de Novelae constitutiones a las ordenanzas y constituciones de algunos
emperadores romanos, posteriores a las leyes que habían publicado los mismos. Las más conocidas, y las que
reciben generalmente este nombre, son las que expidió el emperador Justiniano, después de la promulgación
del Código, del Digesto y de las Instituciones, para decidir las cuestiones que se le presentaban.
NOVICIO
El que teniendo vocación religiosa concretada con el ingreso en una orden regular, se
encuentra en el período de prueba, previo a su admisión definitiva, a la formulación de los votos. El que en un
convento o monasterio se prepara para abrazar la vida religiosa.
NOVISIMA RECOPILACION
Cuerpo de leyes español, formado en 1802 por el relator de la
Chancillería de Granada, D. Juan de la Reguera Valdelomar, publicado y en vigor desde 1805. Ha sido por
tanto legislación general de España y de sus posesiones americanas, hasta la independencia de las naciones
del Nuevo Mundo, en cuanto no se opusiera a las Leyes de Indias.
NUBIL
Se dice de toda persona, y más especialmente de la mujer, que ha llegado a la edad en que
es capaz para la procreación, para casarse: a la pubertad, calculada de los 12 a los 14 años.
NUDA PROPIEDAD
Para los romanos, la plena propiedad comprendía un complejo de facultades: el
jus utendi (el usar de la cosa), el jus fruendi (a todos sus frutos), el jus abutendi (la potestad de abusar, muy
discutida en su sentido y alcance), el jus disponendi (la disposición sobre el bien) y el jus vindicandi (el poder
reivindicarla de un supuesto propietario o de un injusto poseedor). Cuando el dueñosólo tiene la disposición
del bien y acción para reivindicarla de un extraño que la detenta, cuando pesa sobre la cosa el usufructo de
otro, aquel primero sólo tiene la nuda propiedad; esto es, las atribuciones que hacen relación al dominio, pero
no al goce de la cosa, y una expectativa: la de reunir en su mano el pleno dominio, una vez cumplido el plazo
del usufructo o por sobrevivir al usufructuario, entre otras causas.
NUDO PROPETARIO
La persona que sólo tiene la nuda propiedad de una cosa, el dominio de un
bien sobre el cual pesa un derecho de usufructo, de uso o de habitación.
NUERA
La mujer del hijo, con respecto a los padres de éste, y suegros de aquélla, entre los cuales
el parentesco es el de afinidad en primer grado y en línea recta.
NUEVA RECOPILACION
La obra compiladora de diversos autores que, luego de aprobada por el
Consejo de Castilla, fue promulgada por Felipe II en 1567, con el nombre de Nueva Recopilación de las Leyes
de España, único ensayo legislativo general entre las Leyes de Toro y la Novísima Recopilación, y que vino a
reemplazar al Ordenamiento de Montalvo, dispuesto por los Reyes Católicos y por ellos sancionado en 1484,
con el nombre de Ordenanzas reales de Castilla.
NUEVO DERECHO
Expresión que sirve para calificar las transformaciones experimentadas por el
Derecho positivo y la evolución de alguna rama jurídica o de determinada institución.
NULIDAD
Carencia de valor. Falta de eficacia. Incapacidad. Ineptitud. Persona inútil. Inexistencia.
Ilegalidad absoluta de un acto. La nulidad puede resultar de la falta de las condiciones necesarias y relativas,
sea a las cualidades personales de las partes, sea a la esencia del acto; lo cual comprende sobre todo la
existencia de la voluntad y la observancia de las formas prescritas para el acto. Puede resultar también de
una ley. Los jueces no pueden declarar otras nulidades de los actos jurídicos que las expresamente
establecidas en los códigos. ABSOLUTA. La del acto que carece de todo valor jurídico, con excepción de las
reparaciones y consecuencias que por ilícito o dañoso puede originar. DEL MATRIMONIO CIVIL. Declaración
hecha por un juez o tribunal, por la cual se decide que un matrimonio supuesto es inexistente, por adolecer
de alguno de los vicios que lo invalidan, que le impiden crear el nexo conyugal. El estado matrimonial que
carece de validez. Causa que determina tal ineficacia.
NUPCIALIDAD
Proporción de matrimonios en tiempo o lugar determmado. Junto con la natalidad y
la mortalidad, la nupcialidad constituye el índice de mayor relieve en el crecimiento de la población.
NUPCIAS
Boda o bodas, casamiento; ceremonia matrimonial en su conjunto civil, religioso y de
celebración familiar. Suele usarse de este vocablo para designar el número de matrimonios que ha celebrado
una persona; como primeras nupcias y, mucho más aún, segundas nupcias o ulteriores nupcias.